Evento
3 de agosto de 2023

Comunidad de Buenas Prácticas Regulatorias

Sesión de Metodología de Análisis De Impacto Normativo

Por: Carolina Porras Díaz – Asistente de Investigación del Departamento de Derecho de las Telecomunicaciones

El 2 de agosto de 2023, se llevó a cabo conferencia y mesa de trabajo en la que participaron los Departamentos de Derecho de las Telecomunicaciones, Derecho Minero Energético y Derecho Económico, así como la Dirección de Extensión Universitaria y el Departamento Nacional de Planeación. En la primera sesión de la comunidad de Buenas Prácticas Regulatorias se tuvo como finalidad estudiar la Metodología del Análisis de Impacto Normativo en las entidades y destacar la importancia de su aplicación en la regulación.

Durante la jornada, el Doctor Luis Ferney Moreno ofreció una detallada exposición sobre la metodología de Análisis de Impacto Normativo.

El eje central de la administración es la regulación, lo que implica la necesidad de analizar tanto su pasado como su futuro. En el pasado, la regulación se enmarcaba en un modelo de estado liberal, cuyo principal objetivo era proteger las libertades económicas y mantener el orden público. No obstante, en la actualidad, la regulación ha evolucionado significativamente, abarcando diversas esferas más allá de lo económico, llegando a regular aspectos de la vida cotidiana. Esto ha llevado a un estado mucho más intervencionista.

Es esencial considerar el futuro de la regulación a nivel global, donde surge el concepto de “buena regulación”. En este sentido, se busca garantizar que las normas tengan una alta calidad y estén diseñadas para beneficiar a los ciudadanos. En la versión americana, se conoce como “mejora regulatoria”, que implica el análisis de impacto de las normas para asegurar que cumplan eficazmente sus propósitos y objetivos.

En resumen, el pasado, presente y futuro de la regulación nos muestran su transformación desde un enfoque liberal a un estado más intervencionista, y finalmente, hacia un sistema que busca garantizar la calidad y efectividad de las normas en beneficio de la sociedad.

¿Qué ha ocurrido con aquellos que emiten normas? El legislador goza de facultades discrecionales, lo que significa que posee libertad para configurar la legislación. Sin embargo, esta discrecionalidad no es ilimitada, ya que encuentra restricciones en los principios generales del derecho y en la Constitución, así como en los principios de la buena regulación, los cuales actúan como límites a la facultad de regulación legislativa. Para introducir estos principios de la buena regulación en el sistema, se requeriría una modificación en la Constitución o en la ley quinta.

Es relevante destacar que algunos países europeos, como Alemania, han incorporado los principios de buena regulación en su marco normativo, implementando el análisis de impacto normativo para el diseño de leyes y normativas. Sin embargo, en América Latina, no todos los congresos han adoptado estos principios, ya que el poder de regulación está sujeto a controles políticos y judiciales.

Anteriormente, la función reglamentaria recaía únicamente en el presidente de la república. Sin embargo, en la actualidad, diversos órganos gubernamentales han adquirido esta función cuando cuentan con facultades normativas, entre ellos se encuentran ministerios, departamentos, comisiones y algunas superintendencias con competencias normativas. Es decir, en la medida en que estos entes poseen atribuciones normativas, también ejercen la función reglamentaria. Esta discrecionalidad regulatoria se encuentra limitada, y es importante destacar que estos límites están en aumento.

En resumen, en la actualidad, la función reglamentaria ha sido descentralizada y asignada a varios órganos gubernamentales, siempre que tengan competencias normativas. No obstante, dicha discrecionalidad regulatoria no es absoluta, ya que existen límites cada vez más amplios que restringen su ejercicio.

Principios de la buena regulación:

  1. Legalidad.
  2. Planeación.
  3. Libre configuración legislativa y discrecionalidad administrativa.
  4. Necesidad o subsidiariedad.
  5. Eficacia y eficiencia.
  6. Proporcionalidad: adecuación, necesidad y proporcionalidad.
  7. Seguridad
  8. Transparencia.
  9. Imparcialidad.
  10. Participación,
  11. Claridad y coherencia.
  12. Coordinación.

Técnicas regulatorias:

a. Técnicas tradicionales de regulación: Estas técnicas incluyen prohibiciones, imposición de obligaciones o ampliación de las existentes, establecimiento de derechos o restricciones de derechos, funciones, competencias, requisitos, trámites, permisos y sanciones.

b. Nuevas técnicas de regulación: En la actualidad, se han desarrollado diversas técnicas innovadoras de regulación, tales como la regulación por incentivos, la regulación basada en la economía conductual, la regulación por riesgos, la regulación responsiva, la autorregulación, la corregulación, la regulación por información o educación, la regulación por desempeño, el sandbox, la regulación convergente y la regulación diferencial.

Además, el proceso para el procedimiento de producción de normas ha sido ampliado en comparación con el método tradicional. Antes, solo se componía de la decisión de producir una norma, el proyecto de norma y la publicación de la misma. En la actualidad, se compone de una iniciativa normativa, agendas regulatorias, análisis de impacto ex ante que apoya la elaboración de la norma, la materialización en un proyecto de norma, la consulta pública (abogacía de la competencia y control administrativo), la aprobación de la norma definitiva y su publicación, seguido por el inventario, implementación, cumplimiento y evaluación de impacto normativo ex post.

El análisis de impacto normativo desempeña un papel fundamental al influir y contribuir a la finalidad del acto administrativo. Es una herramienta que permite evaluar los efectos potenciales de la regulación propuesta y garantiza una toma de decisiones más informada y eficiente en beneficio de la sociedad.

Después de la explicación del doctor Ferney, se llevó a cabo una mesa de trabajo en la que los representantes de cada entidad explicaron si aplican la metodología de análisis de impacto normativo en sus respectivas entidades y, en caso afirmativo, cómo la implementan.