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13 de abril de 2021
Online Dispute Resolution: Oportunidad para el acceso efectivo y eficiente a la administración de justicia
Por: Juan Pablo Quiñones Amaya.
Estudiante de cuarto año de derecho en la Universidad Externado de Colombia y Monitor del Departamento de Derecho de las Telecomunicaciones
Sin lugar a dudas, los múltiples desarrollos que ha traído consigo la cuarta revolución industrial y los efectos de la globalización, permiten vislumbrar la necesaria articulación que debe existir entre la tecnología y en este caso, el derecho, en aras de ampliar y garantizar el acceso efectivo y eficiente a la administración de justicia en Colombia.
Para ello, el modelo de Online Dispute Resolution (ODR) o la Solución de Disputas en Línea por su traducción al español, se muestra como una herramienta que permitirá que la administración de justicia se expanda a un mayor grupo de personas, tradicionalmente excluidos, debido a los elevados costos y poca eficacia en la solución de controversias ante la jurisdicción ordinaria.
En ese sentido, los ODR son definidos como un mecanismo para resolver controversias a través del empleo de las comunicaciones electrónicas y demás tecnologías de la información y las comunicaciones[1] (en adelante TIC). Con la irrupción de esta herramienta se busca garantizar que cada dispositivo móvil se convierta en un punto de acceso a la justicia, con algoritmos que dirigen dinámicamente los casos hacia miles de puertas virtuales que están disponibles para adaptar cada controversia a un foro apropiado y específicamente diseñado para su solución[2].
Este modelo permitirá la concreción del tan anhelado principio de acceso a la administración de justicia, toda vez que, a través de distintas plataformas, se logrará la “virtualización” de la resolución de conflictos[3], reduciendo los costos derivados del uso del aparato judicial y las demoras injustificadas para la resolución de las controversias, además de abrir la posibilidad a que más personas acudan a la solución de sus conflictos de una forma eficaz, bien sea a través de mecanismos autocompositivos o heterocompositivos.
A pesar de lo anterior, dicho modelo de solución de controversias no puede confundirse con un simple proceso de digitalización de trámites, pues la tecnología no funge acá como un elemento accesorio del proceso. Por el contrario, la tecnología se concibe como un elemento esencial a través del cual se pretende el desarrollo integral de la resolución de los conflictos.
Por lo tanto, su utilización supone el surgimiento de nuevas concepciones desde el punto de vista jurídico, que deben garantizar los derechos de los destinatarios de dichas plataformas. Además, esta herramienta permitirá que el derecho se acompase a la sociedad actual, completamente digitalizada y donde las expectativas de los ciudadanos están en el uso diario de sitios web como Amazon, Facebook y Google[4]. En ese sentido, se vuelve fundamental lograr que los modelos de ODR, tanto públicos como privados, se compaginen con la legislación colombiana y respondan a los objetivos y valores que deben rodear a los modelos de ODR, como equidad, transparencia, confidencialidad, igualdad y publicidad.[5]
Dicho lo anterior, y a pesar de que la Solución de Disputas en Línea estuvo inicialmente concebida como un método alternativo de solución de controversias, separado del sistema de cortes tradicional[6], en la actualidad se ha venido incrementando la adopción de este tipo de plataformas por parte del sector público, a través del diseño, a modo de ejemplo, de plataformas como SIC facilita, concebida como la primera ODR en Colombia, usada para fomentar una solución rápida y eficaz para empresarios y consumidores, mediante la utilización de herramientas tecnológicas, aumentando los niveles de satisfacción del consumidor y reduciendo los riesgos derivados de acudir ante la jurisdicción ordinaria[7].
En ese sentido, SIC facilita es una herramienta virtual en donde la Superintendencia de Industria y Comercio actúa como facilitadora para que consumidores y proveedores, a través de un chat, alcancen acuerdos sobre reclamaciones relacionadas con derechos del consumidor.
Como resultado de su creación en el año 2015, se han solucionado más de 56.000 casos en materia de consumo, contribuyendo así a la solución de 6 de cada 10 conflictos que se presentan entre consumidores y proveedores[8]
Por otro lado, desde la iniciativa privada, donde se inició el auge de estas plataformas en un contexto de comercio electrónico, que supone el intercambio de bienes y servicios entre actores de distintos sectores de la sociedad y distintos Estados que se encuentran limitados y separados geográficamente[9], son casos hito la plataforma de E-bay, en la medida en que, por medio de un mecanismo de ODR, compradores y vendedores en desacuerdo pueden resolver sus controversias a través de una herramienta 100% online.[10]
En ese sentido, es claro que la implementación de este tipo de plataformas en el contexto Colombiano permitirán que la solución de controversias se lleve a cabo de una forma más expedita, propiciando mayor confianza en los ciudadanos. De ahí la importancia tangencial de estructurar una serie de etapas que garanticen la participación de los involucrados en la controversia, pues quién mejor que las partes en conflicto para buscar una solución a su controversia.
Al respecto conviene mencionar que, al interior del Grupo III de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (en adelante CNUDMI), se profirieron unas Notas Técnicas en torno a la Solución de Controversias en Línea, qué, a pesar de carecer de un efecto vinculante, son fundamentales para promover la correcta adopción de los ODR en nuestro país.
En dichas notas, se establecieron una serie de etapas que componen el proceso de solución de controversias en línea. La primera de ellas, denominada etapa de negociación, consiste en la participación directa de las partes involucradas en la disputa, las cuales propondrán posibles soluciones por conducto de la plataforma de ODR dentro de un término razonable.
La siguiente etapa, denominada arreglo facilitado, que estará supeditada al fracaso de la etapa de negociación, consiste en la designación de un tercero neutral que se comunicará con las partes para buscar fórmulas de arreglo. Finalmente, ante la imposibilidad de un arreglo común entre las partes, se ingresará a la fase final, donde corresponderá la solución de la controversia al tercero neutral o administrador de la plataforma de ODR.
De igual forma, sería interesante analizar modelos como el canadiense, que han categorizado a los ODR como un servicio público[11], con el objetivo de incrementar el acceso a la justicia de todos sus ciudadanos. A través de 3 experiencias puntuales, como lo son la adopción del Civil Resolution Tribunal Act (CRT), concebido como un tribunal online para la resolución de disputas de mínimas cuantías, así como el Condominium Authority Tribunal (CAT), creado para la resolución de controversias relacionadas con condominios en la ciudad de Ontario y, finalmente, el PARLe Project, que se muestra como un proyecto impulsado por la oficina para la protección del consumidor en Quebec, permite que, a través de una plataforma ODR los consumidores y comerciantes resuelvan sus disputas de forma 100% online.
Con los importantes avances que se han gestado en esta materia en derecho comparado y con la implementación de este tipo de herramientas de ODR en forma masiva en Colombia, se abre una opción importante para aliviar la actual crisis del sistema judicial, no solo en cuanto a la cantidad de expedientes que se encuentran represados en los diferentes juzgados del país que, en muchas ocasiones, podrían ser resueltas de forma ágil, sin demoras injustificadas, contribuyendo a la reducción del tiempo para la resolución de las disputas y permitiendo la materialización del acceso a la justicia de forma homogénea en el país.
REFERENCIAS
[1] Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI). Grupo de Trabajo III (Solución de Controversias por Vía Informática) 49° período de sesiones, 2016.p.99. Recuperado de: https://unctad.org/system/files/official-document/a71d17_es.pdf
[2] Rule, C. Using Online Dispute Resolution to Expand Access to Justice. Oklahoma Bar Journal. 2019, p.26. Recuperado de: https://www.okbar.org/barjournal/aug2019/obj9006rule/
[3] Osna, G. (2019). Acceso a la justicia, cultura y online dispute Resolution. Recuperado de: http://www.scielo.org.pe/scielo.php?pid=S0251-34202019000200001&script=sci_arttext&tlng=pt
[4] Rule, C. Using Online Dispute Resolution to Expand Access to Justice. Oklahoma Bar Journal. 2019,p.26. Recuperado de: https://www.okbar.org/barjournal/aug2019/obj9006rule/
[5] Bustamante, Ángel, Giraldo, Marín. (2019). Mecanismos alternativos de solución de conflictos (MASC) e inteligencia artificial (IA): Una apuesta por la descongestión en la administración de justicia. Recuperado de: https://periodicos.unb.br/index.php/RDET/article/view/25808/25493
[6] Kauffmann, Schultz. (2004). Online Dispute Resolution: Challenges for contemporary Justice. International Arbitration Law Library. Recuperado de: https://books.google.es/books?hl=es&lr=&id=2iQzMpktq-8C&oi=fnd&pg=PR5&dq=online+dispute+resolution&ots=em7K1JPJNT&sig=edmVWcKzqyNkqTVWLxJP9-Y2tw0#v=onepage&q&f=false
[7] Superintendencia de Industria y Comercio (2015). Superintendencia y empresarios se unen para proteger los derechos de los consumidores. Recuperado de: https://www.sic.gov.co/noticias/superindustria-y-empresarios-se-unen-para-proteger-los-derechos-de-los-consumidores
[8] Superintendencia de Industria y Comercio (2015). Superintendencia y empresarios se unen para proteger los derechos de los consumidores. Recuperado de: https://www.sic.gov.co/noticias/superindustria-y-empresarios-se-unen-para-proteger-los-derechos-de-los-consumidores
[9] Orrego, S. (2015). El comercio electrónico y los mecanismos online para la resolución de disputas, Vol.6, 01, p.88. Recuperado de: https://publicaciones.eafit.edu.co/index.php/ejil/article/view/3354
[10] Lozada, Becerra. (2018). De 20 años a 2 meses: Arbitraje Online en Colombia. [Entrada de blog]. Recuperado de:https://dernegocios.uexternado.edu.co/comercio-electronico/de-20-anos-a-2-meses-arbitraje-online-en-colombia/
[11] Vermeys, N. ODR as a public service: The access to justice-Driven Canadian Experience. International Journal of Online Dispute Resolution. 2019, Vol. 6 Issue 2, p.12. Recuperado de: http://basesbiblioteca.uexternado.edu.co:2069/eds/pdfviewer/pdfviewer?vid=2&sid=d63c83ad-39c2-4cdb-9266-87529846db2a%40sessionmgr4007