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13 de agosto de 2026

Agenda TIC en el Congreso: ¿qué papel jugará la nueva Comisión Accidental?

Jaider Jael Morales Torres1

La reciente creación de la Comisión Accidental para la Agenda TIC ha despertado expectativas sobre el papel que podría desempeñar en la construcción y consolidación de una agenda digital para Colombia. Su carácter bicameral, pluripartidista y transversal, así como la participación anunciada de entidades públicas, empresas, academia y otros actores del ecosistema digital, parece abrir la puerta a una instancia capaz de articular los distintos proyectos e iniciativas que anteriormente se han tramitado de manera dispersa en el Congreso. Pero ¿qué puede hacer realmente esta Comisión? ¿Se trata de una nueva instancia con capacidad para tramitar de manera directa los proyectos de ley relacionados con las TIC y darles un trámite más rápido y especializado, o su función es de una naturaleza distinta? Para responder a estas preguntas, resulta necesario examinar la naturaleza jurídica de las comisiones accidentales, sus competencias y los límites que el ordenamiento jurídico establece para su actuación.

Antes de empezar, es necesario precisar algunos aspectos asociados con las Comisiones accidentales como sus competencias, quienes las pueden integrar y cuál es su papel.

Naturaleza jurídica de las comisiones accidentales

Como punto de partida, el ordenamiento colombiano, mediante la Ley 3 de 1992, clasifica las comisiones del Congreso en cuatro categorías: permanentes, legales, accidentales y otras2. Aunque se profundiza en la composición y funciones de las comisiones constitucionales permanentes y las legales, nada se dice en cuanto a las accidentales.

La norma que da mayor claridad respecto a la naturaleza de las comisiones accidentales es la Ley 5 de 1992 (Reglamento del Congreso), que en su sección 4A, se ocupa de estas figuras especiales. Se indica que los presidentes y Mesas Directivas podrán designarlas con el fin de cumplir funciones y misiones específicas que agilicen la labor legislativa y administrativa3.

Como se observa, a pesar de que la citada ley se ocupa de la materia, no precisa las características y “funciones específicas” que se pueden designar en las comisiones accidentales. Como consecuencia de lo anterior, ha sido la jurisprudencia de la Corte Constitucional la que se ha encargado de delimitar su alcance, dentro del cual se encuentra lo siguiente:

  • Función de eficiencia: Su creación responde a la necesidad de racionalizar el trabajo parlamentario, haciendo más eficaz la labor de las cámaras4.
  • Límite de competencias:  Quizás el elemento más importante de su alcance es que poseen un carácter estrictamente instrumental. Así, el Auto 119 de 20065 aclara que a las comisiones accidentales no se les pueden delegar funciones constitucionales o legales asignadas privativamente a las comisiones permanentes o a las plenarias. Por ejemplo, no pueden desplazar la función de control político consagrada en el artículo 137 de la Constitución, la cual exige debate parlamentario formal y la facultad de emplazamiento directo por comisiones permanentes. En el mismo sentido, es posible afirmar que no puede delegarse a una comisión accidental la función de realizar debates o trámites propios del proceso legislativo, cuya competencia se asignó previamente a las comisiones permanentes y plenarias.
  • Rol de conciliación: Una de las funciones que se pueden asignar a las comisiones accidentales, deriva del artículo 161 constitucional, y es la de conciliar discrepancias entre los textos aprobados por Senado y Cámara. En este rol, pueden preparar textos nuevos que superen las diferencias, siempre que guarden unidad temática con lo debatido y sean aprobados por las plenarias6.
  • Integración: Las Comisiones accidentales podrán ser integradas por miembros del Senado y de la Cámara de representantes que sean designados para tal fin por los presidentes o mesas directivas.

Comisión Accidental para la Agenda TIC

Teniendo claro el alcance de la figura, a continuación se realiza una breve descripción de la recién lanzada Comisión accidental para la Agenda TIC. De acuerdo con lo indicado durante su lanzamiento7, la Comisión Accidental Bicameral para la Agenda TIC o Agenda Digital surge como respuesta a la dispersión de las iniciativas legislativas relacionadas con tecnología en el Congreso de la República. Liderada por la senadora María Lucía Villalba y el representante Daniel Briceño, busca articular el trabajo del Senado y la Cámara de Representantes y generar espacios de diálogo con el Gobierno Nacional, entidades públicas, empresas, gremios, emprendedores, academia, centros de pensamiento y ciudadanía. Su creación parte, entre otros elementos, de la experiencia del cuatrienio anterior, durante el cual se presentaron múltiples proyectos sobre inteligencia artificial sin que existiera una instancia que permitiera coordinarlos, contrastarlos con evidencia técnica o avanzar hacia una visión legislativa común.

En cuanto a las características enunciadas, la comisión tiene un carácter bicameral, pluripartidista, transversal, participativo y territorial, con la aspiración de construir una agenda digital de largo plazo y con horizonte hacia 2030. Su propósito, según lo expuesto en su presentación8, va desde promover nuevas normas, hasta la coordinación de iniciativas legislativas, el seguimiento a la ejecución de recursos públicos y la construcción de propuestas basadas en evidencia, procurando equilibrar innovación, desarrollo económico, protección de derechos, seguridad y reducción de brechas digitales.

Entre los principales temas de trabajo que la comisión busca abordar se encuentran:

  • Conectividad e infraestructura digital: cierre de las brechas de acceso, especialmente en zonas rurales y apartadas; revisión de la gestión y destinación de los recursos del FUTIC; aceleración del despliegue de fibra óptica; revisión de los costos del espectro y combinación de redes terrestres y soluciones satelitales. También se plantea analizar incentivos para ampliar la cobertura y mecanismos de subsidio a la demanda.
  • Adopción tecnológica y productividad empresarial: impulso de la transformación digital de las empresas, especialmente de las mipymes, mediante capacitación, incentivos económicos y tributarios y eliminación de barreras regulatorias que puedan dificultar la innovación. En este ámbito, se plantea promover una regulación basada en evidencia y evitar cargas desproporcionadas para los pequeños emprendimientos.
  • Transformación digital del Estado: modernización de las instituciones públicas mediante la digitalización y simplificación de trámites, la reducción de costos y tiempos administrativos y el fortalecimiento de los servicios digitales dirigidos a ciudadanos y empresas.
  • Talento y habilidades digitales: articulación con entidades como el Ministerio de Educación y el SENA para fortalecer las competencias digitales desde la educación básica, actualizar los programas de formación y promover la reconversión laboral, buscando una mayor conexión entre el sistema educativo y las necesidades de la economía digital.
  • Inclusión financiera: aprovechamiento de las tecnologías digitales para ampliar el acceso al crédito y a los servicios financieros, particularmente para emprendedores y mipymes, como mecanismo para reducir barreras y promover mayores oportunidades de crecimiento económico.
  • Inteligencia artificial: construcción de una posición legislativa común frente al desarrollo y uso de la IA, a partir de la participación de expertos y del análisis de sus oportunidades, riesgos e impactos. Se plantea evitar regulaciones motivadas exclusivamente por el temor o la adopción automática de modelos extranjeros, y avanzar hacia esquemas de regulación basados en el nivel de riesgo de las aplicaciones, diferenciando las responsabilidades de desarrolladores, proveedores, empresas y usuarios.
  • Ciberseguridad, ciberdefensa y seguridad digital: fortalecimiento de las capacidades de prevención, investigación y respuesta frente a delitos y amenazas digitales, así como de la protección de infraestructura crítica. La agenda contempla una mayor articulación entre entidades como la Fiscalía, la Policía, el sector financiero, los operadores y otras instituciones públicas, con el propósito de superar un enfoque exclusivamente penal y fortalecer la prevención y respuesta institucional.

Así las cosas, la comisión accidental para la agenda TIC, plantea una aproximación en la que la tecnología deja de ser entendida como un asunto exclusivamente sectorial para convertirse en un eje transversal de la política pública. Ahora bien, el reto estará en materializar esta agenda en consensos legislativos y acciones concretas que permitan avanzar simultáneamente en productividad, modernización estatal, educación, seguridad, innovación y cierre de brechas digitales como se ha propuesto. Su desarrollo durante la nueva legislatura permitirá evaluar si esta instancia logra superar la fragmentación de iniciativas y contribuir a la construcción de una política digital de largo plazo para Colombia.

Finalmente, aunque sus objetivos parecen ser muy ambiciosos, es importante que con lo expuesto acerca de la naturaleza de esta figura parlamentaria, se revise si el ordenamiento prevé competencias que permitan su consecución por parte de esta nueva comisión, lo que permitirá determinar con mayor claridad cuáles son sus competencias, límites y posibilidades de actuación, así como establecer hasta dónde podría extenderse su labor frente a los objetivos inicialmente planteados para esta figura parlamentaria. Esto con el fin de evitar falsas expectativas en el sector.

Funcionalidad y rol prospectivo de la Comisión para la agenda TIC

Teniendo claro el alcance que puede tener esta figura, es importante precisar que la Comisión Accidental para la Agenda TIC no debe entenderse como un órgano legislativo autónomo, sino como un facilitador técnico. En ese sentido, su rol principal será la gestión de conocimiento y la mediación sectorial en búsqueda de la eficiencia legislativa en la materia. De acuerdo con el marco legal y los objetivos expuestos durante su lanzamiento, se puede esperar que esta comisión pueda desempeñar entre otras cosas, las siguientes funciones:

  1. Sustanciar el debate técnico: Reducir la incertidumbre regulatoria en temas complejos como la inteligencia artificial y la ciberseguridad, traduciendo las necesidades del sector privado a propuestas legislativas coherentes pero llevando dichas iniciativas ante las instancias competentes.
  2. Coordinación y transversalidad: Ser un espacio de diálogo entre los distintos actores interesados e instituciones para aportar al desarrollo y consolidación de la agenda legislativa en función de alcanzar un avance positivo y eficiente que contribuya al avance digital del país.  Así mismo, coordinar con diferentes comisiones permanentes (como la Sexta para comunicaciones o la Primera sobre derechos, garantías o deberes) para asegurar que la agenda digital permee todos los sectores productivos.
  3. Promoción y seguimiento: promover reformas e iniciativas ante las instancias competentes, orientadas a fortalecer las competencias e infraestructura digitales. Asimismo, podrá realizar seguimiento a la ejecución de los recursos y metas del sector TIC, con el propósito de contribuir a que los recursos se orienten efectivamente al cierre de las brechas de conectividad y al cumplimiento de las metas de infraestructura digital.

Conclusiones

Con las precisiones realizadas en esta entrada, cabe preguntarse: ¿qué podemos esperar verdaderamente de la Comisión Accidental para la Agenda TIC? Como se ha visto, su función no es, ni puede ser, reemplazar a las comisiones constitucionales permanentes en la aprobación formal de leyes, en el ejercicio del control político o en cualquier otra competencia que la Constitución y la ley les atribuyan. Por ello, no resulta adecuado esperar que los proyectos del sector TIC tengan, por su sola existencia, un trámite especial o expedito dentro de esta nueva comisión.

Su verdadero papel podría estar en constituirse como un espacio de articulación estratégica para la agenda TIC, capaz de promover el diálogo, coordinar iniciativas y generar insumos para el desarrollo de políticas y proyectos legislativos. Sin embargo, más allá de este rol articulador, la comisión no cuenta materialmente con competencias o instrumentos para garantizar por sí misma la eficacia de dicha agenda.

El desarrollo legislativo continuará dependiendo de las comisiones competentes que adelanten el trámite de cada proyecto de ley, cuyo trabajo deberá ser objeto de seguimiento y monitoreo permanente. En esta labor, la Comisión Accidental, junto con los distintos actores interesados en el sector, podrá desempeñar un papel relevante como mecanismo de articulación, impulso y seguimiento de las iniciativas que conformen la agenda digital del país.

Finalmente, la Comisión Accidental podrá contribuir a elevar la calidad y coherencia de la agenda legislativa en materia TIC, evitando la dispersión de iniciativas, promoviendo el diálogo entre los distintos actores del ecosistema digital y favoreciendo la construcción de propuestas sustentadas en evidencia. Si logra articular los intereses del Gobierno, el Congreso, la academia y el sector tecnológico, podrá consolidarse como un espacio relevante para orientar las discusiones sobre transformación digital y promover una visión de largo plazo para el país. Su verdadero impacto, sin embargo, dependerá de su capacidad para generar consensos e insumos que se traduzcan en iniciativas concretas y que, posteriormente, puedan ser discutidas y tramitadas con rigor por las comisiones constitucionales permanentes.


  1. Abogado de la Universidad Externado de Colombia, Asistente de Investigación del departamento de Derecho, comunicaciones y Tecnologías de la Información. ↩︎
  2. Ley 3 de 1992, artículo 1. ↩︎
  3. Ley 5 de 1992, artículos 66 y 67. ↩︎
  4. CORTE CONSTITUCIONAL, Auto 119 del 2006, MP: Clara Inés Vargas Fernández. Disponible en: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/autos/2006/a119-06.htm ↩︎
  5. Ibid. ↩︎
  6. Véanse: CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencias C-1488 del 2000 y C-003/1996, a propósito de la función de conciliación. ↩︎
  7. EL TIEMPO. Lanzan comisión accidental para la Agenda TIC en el Congreso [en línea]. Bogotá: El Tiempo,03 de agosto de 2026. [consulta: 10 agosto 2026]. Disponible en: https://www.eltiempo.com/politica/congreso/lanzan-comision-accidental-para-la-agenda-tic-en-el-congreso-3575944 ↩︎
  8. Ibid. ↩︎

*La entrada publicada en el Blog no refleja la opinión del Departamento de Derecho, Comunicaciones y Tecnologías de la Información. El autor es el único responsable del contenido y las opiniones expresadas en la misma*.

*Foto de Adi Goldstein en Unsplash