Evento
5 de diciembre de 2023

Conversatorio análisis de la Sentencia Uber en Colombia

El pasado 09 de noviembre del presente año, el Departamento de Derecho de las Telecomunicaciones e Informático junto con el Departamento de Derecho Comercial llevaron a cabo conversatorio que versó sobre el análisis de la sentencia del caso Uber en Colombia.

Por: Carolina Porras Díaz – Asistente de Investigación del Departamento de Derecho de las Telecomunicaciones. 

El pasado 09 de noviembre del presente año, el Departamento de Derecho de las Telecomunicaciones e Informático junto con el Departamento de Derecho Comercial llevaron a cabo conversatorio que versó sobre el análisis de la sentencia del caso Uber en Colombia. Destacando que el fallo es un fiel reflejo de la interacción entre dos mundos entre legislación y tecnología. Y en especial, como incide está en los nuevos desafíos asociados con la economía colaborativa. El conversatorio analizó las diferentes aristas que tiene el fallo con la presencia de los siguientes panelistas: Carmen Ligia Valderrama, David Toro Ochoa, Gloria Montero Cabas, Jairo Malaver Barbosa y Sandra Ortiz Laverde.

La sentencia versó sobre la demanda del uso y funcionamiento de la aplicación Uber en Colombia por supuesta violación al Decreto 171 del 2001 y la Ley 336 del 2016, norma relacionada con la habilitación para el servicio de transporte de pasajeros en vehículos taxis, y las propias normas del régimen de competencia desleal. Los hechos que dieron lugar a la sentencia fueron con base a que Uber inició operaciones en el país en el año 2012, sin contar con la habilitación y el permiso que se requiere para esta actividad. Por lo tanto, las pretensiones de los demandantes (Cotech) se fundaron en que se declare a Uber responsable de haber violado normas o el régimen de competencia desleal, por no cumplir la normatividad relativa a la habilitación para ser una empresa de transporte en Colombia. A su vez, Uber Colombia excepcionó con prescripción y añadió la falta de configuración de conductas de competencia desleal. 

Posteriormente, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en primera instancia condena a Uber por desviación de clientela y violación de normas. Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá revoca y señala que la demanda se presentó después de dos años y 6 meses, desde que Cotech conoció sobre la presencia de Uber, por lo tanto, el fallo de la SIC fue susceptible de ser revocado. 

Finalmente, la Corte Suprema de Justicia aborda las acusaciones en contra de Uber por desviación de clientela y violación de normas de competencia resolviendo principalmente sobre las pretensiones de prescripción de estas conductas en el marco de la ley colombiana y se toma el análisis de las circunstancias económicas que rodearon el presente caso. Por lo tanto, la Corte Suprema de Justicia no casa el fallo del Tribunal, y añadió la falta de configuración de conductas de competencia desleal. 

Los panelistas propusieron la instauración de un innovador marco competitivo diseñado para estimular la participación general, mediante la implementación de mandatos internos y acciones mínimas. Añadiendo que es esencial salvaguardar los derechos, aunque conscientes de que la tecnología tiene el potencial de modificar las normativas reguladoras. La invitación consistió en adaptarnos a un entorno que refleje este cambio, posibilitando así una competencia más equitativa y eficiente.

Se convocó a la creación de un nuevo contexto competitivo, donde la participación sea accesible para todos, respaldado por mandatos internos y requisitos mínimos. La preservación de derechos es imperativa, pero con la consideración de que la tecnología puede alterar las normas regulatorias. La propuesta es que el país se ajuste a este cambio, permitiendo una competencia más justa y eficaz.