Artículos
9 de diciembre de 2025

La Integración Tigo-Movistar: Una Reconfiguración Sísmica del Sector y los Retos que se avecinan

La autorización condicionada de la integración Tigo-Movistar por la SIC (Resolución 94169 de 2025) marca un punto de inflexión en el sector de telecomunicaciones colombiano. La operación crea un nuevo actor con cerca del 38% del mercado móvil, configurando un duopolio técnico frente a Claro (más del 50%). Aunque promete eficiencias operativas, expansión de cobertura y mayor músculo para 5G, también plantea riesgos.

Por: Jaider Jael Morales Torres, Auxiliar de Investigación del Departamento de Derecho, Comunicaciones y Tecnologías de la Información

El mercado colombiano de las telecomunicaciones ha experimentado una de sus mayores transformaciones estructurales con la autorización, condicionada por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) mediante la Resolución 94169 del 13 de noviembre de 2025, de la integración de TIGO-UNE y MOVISTAR1. Esta operación, que consolida a los que hasta hace poco eran el segundo y tercer operador móvil del país con una participación del 21.59% y 16.84% respectivamente, plantea un complejo equilibrio entre el potencial de eficiencias operativas y los riesgos latentes de una concentración que podría debilitar la competencia efectiva. 

La operación se remonta a lo que podría denominarse una primera fase, consistente en una solicitud de pre-evaluación presentada ante la SIC en diciembre de 2024 y complementada en enero de 2025. Aunque TIGO y MOVISTAR ya habían obtenido una autorización condicionada en 2023, Resolución SIC No. 61548, para crear una empresa conjunta de infraestructura (NetCo) enfocada en compartir su Red de Acceso Radioeléctrico (RAN) y desplegar 5G, manteniendo independencia comercial2, la nueva transacción representa una profundización radical. Esta segunda fase implica la unificación total de los negocios en Colombia, incluyendo el control corporativo y la oferta de servicios, eliminando la independencia competitiva entre ambas empresas en la provisión de servicios móviles3

El mercado móvil en el que se produce esta integración cuenta con altos niveles de concentración y problemas estructurales de competencia, particularmente por la posición dominante que ostenta CLARO (COMUNICACIÓN CELULAR S.A.) con una participación de mercado superior al 50% en términos de líneas (51.65% a diciembre de 2024)4. En este contexto, la unión de TIGO (21.59%) y MOVISTAR (16.84%) crea un nuevo competidor con una cuota conjunta cercana al 38% del mercado de líneas móviles5

Durante el trámite ante la SIC, Expediente No. 24-546942, se recibieron extensas observaciones y conceptos de terceros, incluyendo competidores WOM, CLARO, DIRECTV, ETB, de la academia y autoridades sectoriales MinTIC, CRC, ANE. El MinTIC y la CRC, como director de la política pública y regulador técnicos, si bien reconocieron los posibles beneficios de eficiencia y el eventual reequilibrio competitivo frente al operador dominante, advirtieron con firmeza sobre los riesgos de una mayor concentración, particularmente en lo referente a los efectos coordinados y la afectación a operadores pequeños. 

La Decisión de la SIC: Autorización condicionada 

La Superintendencia de Industria y Comercio autorizó la operación de integración mediante la Resolución 94169 de 2025, condicionándola al cumplimiento de medidas específicas dirigidas a preservar la competencia efectiva en los mercados involucrados. 

Puntos principales del análisis y decisión: 

La SIC realizó un análisis prospectivo de los mercados afectados, concluyendo que la integración modificaría sustancialmente la estructura de múltiples segmentos, eliminando la rivalidad entre dos competidores importantes6

  1. Potenciales efectos procompetitivos y eficiencias: La SIC reconoció los beneficios plausibles derivados de la integración, que incluyen entre otros: 

◦ Eficiencias operativas y cobertura: Reducción de costos por racionalización de infraestructura y eliminación de duplicidades. Esto podría liberar recursos para inversiones en ampliación de cobertura en zonas rurales o desatendidas7

◦ Competencia dinámica: La creación de un operador con una escala comparable a CLARO podría ejercer una presión competitiva importante sobre el líder del mercado8

◦ Innovación: Mayor músculo financiero para invertir en tecnologías como 5G y servicios digitales convergentes9

2. Riesgos de competencia: Pese a las eficiencias, la SIC identificó riesgos significativos que justificaron los condicionamientos: 

◦ Riesgo de efectos coordinados: La reducción de los principales competidores de tres a dos CLARO vs. Ente Integrado incrementa significativamente la probabilidad de colusión tácita10. En complemento de esto, las simulaciones realizadas por la CRC mostraron que en un escenario coordinado, el bienestar del consumidor podría caer hasta en un 50.81% debido al aumento generalizado de precios11

◦ Riesgo de monopolio de facto: Actualmente, TIGO y MOVISTAR proveen el 100% del servicio de alojamiento a Operadores Móviles Virtuales (OMV)12. La integración crearía un monopolio de facto en la oferta mayorista, eliminando la competencia por atraer OMV y aumentando el riesgo de imponer precios más altos o condiciones restrictivas13

◦ Riesgo de afectación a operadores pequeños: En el mercado de Roaming Automático Nacional (RAN), la concentración genera incertidumbre. El nuevo ente integrado podría tener incentivos para encarecer o restringir el acceso a WOM, definido por la SIC como el operador disruptor o maverick14

◦ Riesgos en mercados fijos municipales: En un número significativo de municipios, la integración aumentaría la concentración en mercados de voz fija/nacional, internet fijo (residencial/corporativo), Dúo Play 1 y Triple Play, con potencial deterioro de la calidad y precios al reducirse la presión competitiva local15

◦ Riesgo vertical: Se identificó la preocupación por el control negativo que MOVISTAR ejerce sobre ONNET FIBRA COLOMBIA S.A.S., la red neutral de fibra óptica FTTH. Este control podría permitir al ente integrado influir en las decisiones estratégicas de ONNET o acceder a información sensible de sus competidores minoristas de internet fijo16

Condiciones impuestas para la integración. 

La SIC estructuró los condicionamientos en remedios estructurales y de comportamiento, muchos de ellos propuestos por las Intervinientes, pero modificados o reforzados por la Superintendencia. 

1. Acceso mayorista y OMV, medidas para mitigación del monopolio: 

    ◦ Tarifa RAN para WOM/Entrantes: El ente integrado deberá asegurar una tarifa máxima de “$xx” pesos por megabyte (+IVA) para las tecnologías 3G, 4G y 5G, aplicable a WOM o cualquier proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones entrante. Esta tarifa, temporalmente fijada por la SIC, es inferior al precio promedio del mercado y busca mantener la competencia efectiva mientras la CRC regula la materia17

    ◦ Estabilidad OMV: Mantener por cuatro (4) años condiciones comerciales estables y no discriminatorias para los OMV. Deben implementar medidas para impedir que la integración técnica requiera cambios de tarjeta SIM o trámites adicionales a los usuarios de los OMV18

2. Gobernanza y separación (Riesgo ONNET): 

◦ Renuncia al derecho de veto: El ente integrado se comprometió a no ejercer el derecho de veto en decisiones estratégicas de ONNET (como la política comercial, la de inversión en nuevos mercados o decisiones operativas clave) que puedan afectar la neutralidad competitiva19

◦ Firewalls de información: Garantizar el estricto cumplimiento de firewalls y acuerdos de confidencialidad para que el ente integrado no acceda a información sensible (tarifas, clientes, planes de despliegue) de los competidores que utilizan la red de ONNET20

3. Mercado minorista móvil y fijo

◦ Transparencia tarifaria (paquetes): Obligación de informar en las facturas de servicios empaquetados (como Triple Play) el valor discriminado correspondiente a cada servicio (fijo y móvil), para evitar la opacidad y distorsiones competitivas21

◦ Protección a pequeños operadores: El ente integrado debe abstenerse de formular ofertas o campañas publicitarias dirigidas específicamente a usuarios de WOM o de OMV (operadores con menor participación)22

◦ Paridad de ofertas fijas (nivel municipal): Comprometerse a que la oferta de precios y calidad de servicios fijos (internet, voz, paquetes) en los “municipios beneficiados” (donde la concentración es alta) sea equivalente o mejor a las tarifas ofrecidas en los “municipios ancla” (donde la competencia es efectiva)23

4. Vigilancia y cumplimiento

◦ Auditor externo: Se requiere la contratación de un auditor externo independiente para supervisar y certificar trimestralmente el cumplimiento de todos los condicionamientos impuestos24

Implicaciones que trae la integración para el sector de telecomunicaciones 

La integración Tigo-Movistar, al ser la consolidación más grande en el sector móvil desde hace años, proyecta cambios profundos en la estructura del mercado y plantea importantes retos. Dentro de los cuales se incluyen: 

Estructura del mercado y concentración: La principal consecuencia a nivel estructural es la configuración de un duopolio técnico en el mercado móvil, en manos de CLARO y el nuevo Ente Integrado (TIGO-MOVISTAR, que en conjunto concentrarían más del 90% del mercado25

• Duopolio y simetría: Si bien el mercado se vuelve más simétrico en términos de tenencia de espectro (el coeficiente de Gini para espectro desciende, dejando a CLARO y al integrado casi igualados en MHz)26, esta simetría, paradójicamente, aumenta el riesgo de coordinación tácita de acuerdo con el análisis hecho por la SIC. Por otro lado, el mercado queda con un tercer operador de red significativamente menor, WOM, con <8% de participación aproximadamente27

• Concentración en fijos: La preocupación se traslada a los mercados fijos a nivel municipal, esto es los servicios de internet fijo, paquetes, particularmente en municipios donde TIGO o MOVISTAR eran rivales cercanos, la integración eleva la concentración (medida por el IHH) y la asimetría (índice Kwoka)28

Impacto en usuarios: El impacto en los usuarios es variado y el carácter positivo depende de si las eficiencias efectivamente se trasladan al consumidor. 

• Riesgo tarifario: El riesgo más severo es el aumento de precios si se materializan los efectos coordinados que se mencionaron previamente. Sin la presión competitiva de dos grandes rivales de tamaño medio, los dos líderes podrían relajar la competencia. 

• Beneficios potenciales en calidad y cobertura: El ahorro proyectado con la integración debería liberar recursos para mejorar la calidad del servicio y la ampliación de cobertura a zonas desatendidas29. Por otra parte, el descenso en el coeficiente de Gini sobre sectores activos sugiere, en principio, una mayor homogeneidad en la distribución de la capacidad instalada y una red potencialmente más extendida. 

• Pluralidad: La pluralidad de oferta puede verse afectada indirectamente si se debilita a los OMV, que atienden nichos específicos. La condición impuesta por la SIC de desagregar costos en las facturas de paquetes (Dúo Play, Triple Play) es crucial para la transparencia frente al consumidor. 

Efectos sobre OMV y otros operadores: 

Este es un punto de alta preocupación en el análisis sectorial. 

• OMV: La integración crea un monopolio efectivo en la provisión de red mayorista para los OMV. Aunque existe regulación que obliga a CLARO a alojar OMV, en la práctica, CLARO no participa activamente, dejando al ente integrado como el único proveedor real30. Las condiciones impuestas por la SIC buscan mitigar este riesgo garantizando la estabilidad contractual y evitando la modificación unilateral o injustificada de acuerdos. 

• WOM: La continuidad de WOM, reconocido como el operador que ha dinamizado la competencia y forzado la caída de precios, es fundamental para evitar la acomodación del duopolio. Los condicionamientos de RAN y la prohibición de ofertas dirigidas buscan mantener la viabilidad de WOM al garantizarle acceso a un insumo esencial en condiciones razonables, permitiéndole sostener su expansión y ejercer presión competitiva31

¿Qué viene después de la integración? Importancia de la regulación y supervisión 

La decisión de la SIC impone medidas transitorias que, en muchos casos, dependen de la acción futura de la CRC para convertirse en regulación general y simétrica, lo que entre otras cosas, deberá incluir: 

• Buscar simetría regulatoria: El MinTIC recomendó explícitamente que las condiciones de acceso mayorista impuestas al ente integrado se extiendan, mediante regulación general de la CRC, al operador dominante CLARO32. Sin esta extensión, el ente integrado podría quedar sujeto a cargas regulatorias asimétricas y potencialmente inequitativas frente a CLARO, lo cual iría en detrimento de la competencia a largo plazo. 

• Vigilancia de ONNET: La renuncia al derecho de veto en ONNET y la implementación de firewalls de información deben ser vigiladas estrictamente para garantizar la neutralidad de la red de fibra óptica y evitar que el ente integrado obtenga ventajas verticales sobre sus competidores de internet fijo33

• Monitoreo del comportamiento: La SIC, apoyada en los análisis de la CRC, debe ejercer un seguimiento estricto de los precios minoristas y de las estrategias de mercado para detectar cualquier señal de coordinación tácita, ya que es el riesgo más serio de la operación. La figura del Auditor Externo independiente es clave para este seguimiento continuo. 

Conclusiones 

La autorización condicionada de la integración Tigo-Movistar, formalizada en la Resolución SIC 94169 de 2025, marca un punto de inflexión en el sector de las telecomunicaciones en Colombia, transformando un oligopolio de cuatro grandes jugadores de red a un duopolio técnico CLARO vs. TIGO-MOVISTAR con un competidor desafiante WOM. 

Este movimiento, proyecta algunos beneficios potenciales relevantes. Por ejemplo, al unificar activos y recursos espectrales, el nuevo operador tendría una capacidad más equilibrada frente a Claro, lo que podría traducirse en mayor músculo financiero para impulsar inversiones de gran escala en redes 5G y en la expansión de fibra óptica. En materia de servicio universal, la racionalización de infraestructura podría mejorar la eficiencia operativa en zonas de baja rentabilidad, contribuyendo al cierre de brechas de conectividad.  

Ahora bien, en cuanto a la decisión que permitió de manera condicionada la integración, el principal acierto es la ponderación de los riesgos estructurales, especialmente el de los efectos coordinados en el móvil minorista y el monopolio de facto en el mayorista OMV, con los beneficios de eficiencia y reequilibrio frente a CLARO. Los condicionamientos impuestos son idóneos para mitigar los riesgos más apremiantes, al proteger la viabilidad de los operadores pequeños mediante tarifas máximas de acceso a RAN, y salvaguardar la neutralidad de la infraestructura de fibra óptica (ONNET) mediante la renuncia a derechos de veto, entre otros aspectos. 

Finalmente, la integración exige una vigilancia estricta del comportamiento competitivo del nuevo operador, particularmente para evitar prácticas como ofertas predatorias frente a WOM u operadores móviles virtuales, así como cualquier forma de coordinación tácita de precios entre los operadores grandes, aspectos que serán monitoreados por un auditor externo designado por la SIC. Al mismo tiempo, se vuelve crucial que la CRC acelere la expedición de una regulación general y simétrica en materia de remuneración mayorista de redes móviles, de manera que los condicionamientos temporales impuestos por la SIC sean reemplazados por reglas estables, uniformes y aplicables a todos los operadores de gran escala. Esta transición normativa garantizaría la no discriminación en el acceso mayorista y promovería una competencia sostenible en el mercado móvil colombiano. 

En la evolución del mercado, se debe observar si la nueva escala alcanzada por el ente integrado contribuye al cierre de la brecha digital y si la subsistencia y fortalecimiento de WOM y si los OMV logran mantener la presión competitiva necesaria para que los beneficios de la eficiencia lleguen al consumidor. De no ser así, el duopolio técnico podría cristalizar un escenario de reducción de la rivalidad y perjuicio al bienestar general del sector. 

  1. Denominaciones de acuerdo con la documentación oficial: COLOMBIA MÓVIL S.A. E.S.P. (TIGO), subsidiaria de UNE EPM TELECOMUNICACIONES S.A. (UNE, TIGO-UNE), y COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. BIC. (MOVISTAR) ↩︎
  2. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Resolución SIC No. 61548. ↩︎
  3. COLOMBIA. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. concepto técnico sobre la operación de integración entre las sociedades COLOMBIA MÓVIL S.A. E.S.P. (en adelante “TIGO”), subsidiaria de UNE EPM TELECOMUNICACIONES S.A. (en adelante, “UNE”, y junto con TIGO, “TIGO-UNE”), y COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. BIC (en adelante, “MOVISTAR”) con radicado No. 24-546942. 26 de mayo de 2025. p.2. ↩︎
  4. Ibid. ↩︎
  5. PINZÓN Lemos, Martín. La integración entre Tigo-Movistar va a tener 41,5 % del mercado de líneas móviles. La República, 2025. Disponible en: https://www.larepublica.co/empresas/la-integracion-entre-tigo-movistar-va-a-tener-41-5-del-mercado-de-lineas-moviles-4269444 (consultado: 3 dic. 2025).  ↩︎
  6. COLOMBIA. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Resolución 94169 del 13 de noviembre de 2025. p. 27.  ↩︎
  7. Ibid. p. 102. ↩︎
  8. Ibid. p. 106. ↩︎
  9. Ibid. p. 104. ↩︎
  10. Ibid. p. 113. ↩︎
  11. COLOMBIA. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Op. Cit. p. 9.   ↩︎
  12. Ibid. 20.  ↩︎
  13. Resolución 94169 del 13 de noviembre de 2025. Op. Cit. p. 58-59. ↩︎
  14. Ibid. p. 116.  ↩︎
  15.  Ibid. p. 100.   ↩︎
  16. Ibid. p. 115. ↩︎
  17. Ibid. p. 121. ↩︎
  18. Ibid. p. 131.  ↩︎
  19. Ibid. p. 119. ↩︎
  20. Ibid. p. 138.  ↩︎
  21. Ibid. pp. 133-134.  ↩︎
  22. Ibid. p. 134. ↩︎
  23. Ibid. p. 137. ↩︎
  24. Ibid. p. 141. ↩︎
  25. COLOMBIA. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Op. Cit. p. 6. ↩︎
  26. Ibid. pp. 17-20. ↩︎
  27. Ibid. 21. valores de referencia. ↩︎
  28. Resolución 94169 del 13 de noviembre de 2025. Op. Cit. p. 70-72. ↩︎
  29. Ibid. p. 102. Véase también los beneficios mencionados por la Superintendente de Industria y Comercio en: PINZÓN Lemos, Martín. La integración entre Tigo-Movistar va a tener 41,5 % del mercado de líneas móviles. Op Cit. ↩︎
  30.  COLOMBIA. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Op. Cit. p. 20.  ↩︎
  31. Ibid. p. 116. ↩︎
  32. COLOMBIA. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Op. Cit. p.24-25. ↩︎
  33. Resolución 94169 del 13 de noviembre de 2025. Op. Cit. p. 129. ↩︎

*La entrada publicada en el Blog no refleja la opinión del Departamento de Derecho, Comunicaciones y Tecnologías de la Información. El autor es el único responsable del contenido y las opiniones expresadas en la misma*.

Imagen en iStock AnuchaCheechang