Evento
10 de mayo de 2022

Sentencia de la Corte Constitucional en materia de consulta previa y telecomunicaciones

La Corte Constitucional publicó recientemente la sentencia T-446 de 2021, a través de la cual ordenó a la compañía Comcel suspender las operaciones que estaba desarrollando en la estación de comunicaciones ubicada en el cerro Damián en Suárez, Cauca.

La anterior decisión se dio porque la comunidad afrodescendiente asentada en el corregimiento de Mindalá (en Suárez) presentó una tutela contra esa empresa de telecomunicaciones, por construir una antena de telefonía celular sin haber realizado antes el procedimiento de la consulta previa.

De acuerdo con los demandantes, el transporte de los materiales requeridos para la obra afectó los caminos veredales y generó el colapso de los puentes por los que transitaban los habitantes en sus actividades diarias.

Al respecto, Comcel sostuvo que no existían pruebas de que se hubiera dado una violación de derechos ni de los daños alegados por la comunidad. El Ministerio del Interior, por su parte, indicó que la comunidad no demostró que el proyecto se encontrara dentro de su territorio o afectara sus vías de subsistencia o el desarrollo de sus festividades.

Después de analizar el caso, la Corte Constitucional concluyó que la construcción de la antena de comunicaciones había afectado directamente a los demandantes en un ámbito espiritual, social, económico y cultural. Particularmente, señaló que la ausencia de la consulta previa, el tránsito de la maquinaria pesada y el funcionamiento de la antena lesionaban la integridad cultural de la comunidad.

Por lo anterior, la Corporación otorgó cinco días a Comcel para que suspendiera las operaciones en la estación de telefonía celular, garantizando en todo caso la prestación del servicio, su funcionamiento y cobertura. Además, ordenó al Ministerio del Interior convocar a la comunidad para realizar el respectivo proceso de consulta previa.

El próximo 25 de mayo, el Departamento de Derecho de las Telecomunicaciones realizará un evento sobre estos asuntos. Consulte la agenda del evento e inscríbase a través de este enlace.

Consulte la sentencia aquí.